24.1.06

Los ladrones van a... C/La luna 15 1º 33001 Oviedo

La SGAE (Sociedad General de Autores y Editores) es una entidad española de gestión colectiva dedicada a la “defensa” de los derechos de autor de sus socios, entre los que se encuentran toda clase de artistas y empresarios del negocio de la cultura. En teoría es una organización sin ánimo de lucro, cuyas funciones son, según ellos mismos dicen, “la defensa y gestión de los derechos de la propiedad intelectual, proteger la creación y defender los intereses de sus socios”. El actual presidente de su consejo de dirección es Teddy Bautista.

Fundada en 1899 como Sociedad de Autores para luchar contra abusos sobre los autores fue degenerando hasta que en 1995 se convirtió en lo que es hoy: la Sociedad General de Autores y Editores. Amparándose en la Ley 22/1987, de 11 de Noviembre, de Propiedad Intelectual y en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril (ley ésta última que obliga a ejercitar el cobro a través de las entidades de gestión colectiva - SGAE, AIE y AGEDI-) la SGAE cobra un “canon” de pago obligatorio. Por ello se le denomina un "derecho de remuneración de gestión colectiva forzosa". Tradicionalmente aplicado a cintas de cassette y de vídeo, en septiembre de 2003 se extendió a los CD y DVD vírgenes, no importando que éstos se utilizasen para grabar datos o música propios o material que no pertenezca a socios de la SGAE. La SGAE se sitúa a la cabeza de la lucha antipiratería musical alegando un descenso en las ventas de CDs a causa del “top manta”, sin embargo, según las cifras que publica la propia SGAE, entre los años 2003 y 2005 su recaudación ha crecido casi un 12% y se sitúa en 300 millones de €.

¿Mi opinión sobre la SGAE? Fue sometida a un Google bomb con la palabra “ladrones” (escribid la palabra “ladrones” en el Google a ver con que os sorprende)

Os dejo unas direcciones para cuando tengáis tiempo y ganas:

1 comentario:

limtrollz dijo...

El artículo 20 de nuestra tan malograda Constitución afirma que:
1. se reconocen y protegen los derechos:
a)a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
b)a la producción y creación literaria, artística, científica y técnica. (...)
2. el ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.

Así mismo, el artículo 44 nos dice:
1. los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho.
2. los poderes públicos promoverán la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general.

Da que pensar, verdad?